Abogados derecho familia Tarragona
Como abogados de familia, cubrimos las diferentes materias reguladas en el Código Civil, así como en el Codi Civil de Catalunya y demás textos legales. En este ámbito del derecho privado, aportamos, ya sea desde la posición de parte demandante o de parte demandada, la mejor estrategia procesal y probatoria en estos procedimientos judiciales sumamente reglados. Aspiramos a que se estimen nuestras pretensiones indemnizatorias, resarcitorias, obligacionales, ejecutivas, cautelares, etc.
Como abogados en asuntos familiares, trabajamos en diferentes áreas: en materia de derecho de familia (divorcio, guarda y custodia, pensión de alimentos, pensión compensatoria, incumplimientos de sentencia, incumplimientos de responsabilidades parentales, incapacidad/medidas de apoyo, etc.); derecho de sucesiones (tramitación de herencia, legítima, etc.); obligaciones y contratos (compraventa, préstamo, aval, fianza, etc.); responsabilidad contractual/extracontractual (negligencias médicas y profesionales, derecho de la construcción/edificación en relación a los vicios de la construcción/obra mal ejecutada, derecho del consumidor, derecho bancario, derecho de la circulación de vehículos a motor en relación a los accidentes de tráfico, etc.); arrendamientos urbanos o rústicos/impago de renta/desahucios y propiedad horizontal (impago de gastos de comunidad, etc.); derecho inmobiliario; usucapión; procesos en materia de derechos fundamentales (infracción de los derechos al honor, intimidad y la propia imagen); procesos de ejecución, etc.
Derecho Civil de Familia
Es de destacar por su importancia y predominancia, el Derecho Civil de Familia: es una de las múltiples ramas del derecho, cuyo objetivo principal es sentar las bases y normas para la regulación de los matrimonios/relaciones de análoga afectividad y separaciones en general. También es la rama del derecho enfocada a preservar los derechos de los niños o menores de edad, especialmente cuando por cualquier motivo o causa se disuelve el núcleo familiar.
Los abogados de este despacho jurídico están especializados, por supuesto, también en esta materia tan vital, tanto en la negociación y redacción personalizada del convenio regulador de separación o divorcio que mejor se adapte a las circunstancias personales, familiares y patrimoniales concurrentes, como en litigación judicial de procesos contenciosos de separación, divorcio, guarda y custodia, modificación de medidas, etc, así como en mediación.
Materia de derecho sucesorio
También es crucial la materia de derecho sucesorio, que tiene como propósito regular la transmisión de derechos, activos y pasivos de una persona, al momento de fallecer. En este sentido, ofrecemos el asesoramiento y acompañamiento durante el proceso de reclamación de legítima o aceptación de herencia, y soluciones ante cualquier conflicto que afecte a la masa hereditaria y derecho sucesorios (determinación e integración del caudal hereditario, división y partición de la herencia, impugnación de disposiciones testamentarias, reclamación de derechos sucesorios, etc.).
El Derecho Civil
El Derecho Civil: Rama del derecho que se ocupa de las cuestiones que afectan a la persona privada, desde su nacimiento y relaciones familiares hasta el fallecimiento y sucesión; igualmente el régimen de su patrimonio, de las obligaciones y contratos, y la responsabilidad civil.
Preguntas frecuentes
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En el área de Derecho de Familia abordamos con la máxima especialización, materias como son la separación (no disuelve el vínculo conyugal), el divorcio (sí disuelve el vínculo conyugal), o la extinción de una pareja de hecho, y todo ello, se planteará, de manera contenciosa o de mutuo acuerdo (elaborando y suscribiendo un convenio de mutuo acuerdo); en este último caso, cabrá el asesoramiento conjunto a las dos partes o tan sólo a una de ellas.
En el Derecho de Familia rige el principio de solidaridad familiar, y ello comporta que deberá contribuirse a las cargas y prestaciones (alimentos, pensión compensatoria, etc.) en función de la capacidad económica de cada sujeto obligado. Si bien, existen tablas objetivas de aplicación orientativa, publicadas por el CGPJ.
También deberá resolverse la liquidación del régimen económico patrimonial y definir qué destino y titularidad tendrán los bienes en común o adscritos a soportar cargas familiares.
Desde nuestro despacho también tramitaremos las reclamaciones por incumplimiento de obligaciones personales o económicas (a pagar la pensión de alimentos, a cumplir las responsabilidades parentales, régimen de custodia/visitas, etc.).
Otra materia destacado es la de solicitar medidas de apoyo a personas con discapacidad (anteriormente conocido como el procedimiento de incapacitación civil). Será necesario aportar informes médicos que avalen tal discapacidad y su entidad.
- Una vez estudiado el asunto y recabada toda la documentación necesaria se presentará una demanda judicial, adjuntando el convenio de mutuo acuerdo firmado -si el procedimiento es de mutuo acuerdo-, a fin de que se ratifique ante la autoridad, y su contenido sea homologado. Si el procedimiento es contencioso, a la demanda se acompañará la máxima prueba, y se solicitará del juzgado la que no se haya podido conseguir, para que se pueda hacer valer en el acto de juicio.
- Efectivamente, las partes pueden someter la controversia a mediación, ya sea a través de un abogado conjunto, o a través de abogados distintos, o incluso sometiéndose expresamente a un proceso reglado de mediación, cuyos acuerdos se trasladarán al Juzgado, a fin de que puedan ser homologados. Si se agota la mediación sin haberse alcanzado una avenencia, se seguirá el conflicto por los cauces del procedimiento contencioso. En nuestro despacho sugerimos intentar agotar la mediación si las circunstancias son propicias para ello.
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En relación a la documentación necesaria, deberá recabarse del Registro Civil los certificados de nacimiento de los hijos comunes, y la inscripción de matrimonio. En el caso de parejas de hecho, su inscripción en el oportuno registro, u otra documental que permita concluir la existencia de tal unión estable de pareja. Asimismo, también será necesario el certificado de empadronamiento.
Serán necesarias también escrituras de adquisición de inmuebles, así como de préstamos hipotecarios, facturas de compra de bienes, documentación de vehículos, etc., así como cualquier documentación acreditativa del nivel de ingresos y gastos de los miembros de la familia, y también la que permita constatar los gastos y cargas familiares (nóminas, declaraciones de la renta, movimiento bancarios y titularidad de las cuentas bancarias, recibos de préstamos, IBI, alquileres, mutuas, seguros, suministros, actividades, extra actividades, embargos, colegios, comedor, etc.). Por último, también será útil aportar documentación médica si existe alguna singularidad o problema de salud relevante.
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En relación a los honorarios, los mismos varían en función de si el procedimiento es de mutuo acuerdo o si se tramita de manera contenciosa, y de si se llega a celebrar o no juicio. También varía en función de si hay hijos en común, así como de las cantidades económicas reclamadas, y también del patrimonio que sea objeto del procedimiento, así como de la dificultad técnica que haya presentado el asunto, la duración y el trabajo efectivamente realizado.
La tarifa más baja estaría asociada a un procedimiento de mutuo acuerdo sin hijos en común, compareciendo ambas partes a ratificar judicialmente, cuyo coste podría ser de unos 600 € más IVA, y procurador a parte. Las tarifas no son negociables, pero sí cabrá cierta facilidad de pago, admitiéndose algún fraccionamiento. - La relación entre abogado y cliente es una relación de confianza, voluntaria y libre. Se puede resolver tal relación libremente cuando se pierde la confianza, y por lo tanto, en ese punto, el cliente puede designar nuevamente abogado/a, y a partir de entonces (una vez obtenida la venia del anterior profesional) será el/la nueva letrada quien dirigirá el asunto y asistirá a su cliente.